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EN BOGOTÀ
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· UNAD(Universidad nacional abierta y a distancia)
· ANTONIO NARIÑO
· UNIVERSIDAD LA GRAN COLOMBIA
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2. Al terminar mi grado ONCE en el colegio Marillac con el título de técnico contable en documentación y registro de operaciones básicas, seguiré con el convenio que se tiene con el SENA, ya que me da muchas oportunidades en el área laboral y tal vez esta experiencia me permita mas fácilmente buscar la carrera acorde a mis habilidades ya que aun no la tengo clara.
POR QUE? Porque todavía no me he decidió por una carrera especifica, pero las universidad mas opcionada es la nacional o entrar a la armada.
ENFASIS EN EL ICFES: biología ya que me desempeño bien en este área
22 de Marzo del 2011
ESQUEMAS CONTABLES
DEFINIR:
*¿Derechos de peticion,cuando y como se debe hacer un derecho de peticion?
*¿Cuàl es el articulo de la constitucion polìtica que habla del derecho de petición?
*¿cuales son los pasos que se deben tener en cuenta para registrar una empresa ante la camara de comercio?
*que significa: RUT.NIT.DIAN
*¿ Què funcion cumple: la camara de comercio,ETESA,RETENCION EN LA FUENTE.IVA,CUANDO SE APLICA UN RETENCION EN LA FUENTE Y DE CUANTOES SU PORCENTAJE
*Èl señor Perez se gano la suma de $ 6`945.000 èl desea saber cuanto le descuentan en rte de la fuente y hacia donde va dirigido este dinero
1 DERECHO DE PETICION
El derecho de petición es un derecho que la Constitución nacional en su artículo 23 ha concedido a los ciudadanos para que estos puedan presentar peticiones a las autoridades, para que se les suministre información sobre situaciones de interés general y/o particular.
CUANDO:
· Hayan Quejas, ponen en conocimiento de las autoridades conductas irregulares de empleados oficiales o particulares a quienes se ha atribuido la prestación de un servicio público.
· Reclamos, cuando se da a las autoridades noticia de la suspensión injustificada o de la prestación deficiente de un servicio público.
· Manifestaciones, cuando hacen llegar a las autoridades la opinión del peticionario sobre una materia sometida a actuación administrativa.
· Peticiones de información, cuando se formulan a las autoridades para que estas: Den a conocer cómo han actuado en un caso concreto. Permitan el acceso a los documentos públicos que tienen en su poder. Expidan copia de documentos que reposan en una oficina pública.
· Consultas, cuando se presentan a las autoridades para que manifiesten su parecer sobre materias relacionadas con sus atribuciones.
*COMO SE DEBE HACER
Toda persona podrá hacer peticiones respetuosas a las autoridades, verbalmente o por escrito, a través de cualquier medio.
Las escritas deberán contener, por lo menos:
1. La designación de la autoridad a la que se dirigen.
2. Los nombres y apellidos completos del solicitante y de su representante legal o apoderado, si es el caso, con indicación del documento de identidad y de la dirección.
3. El objeto de la petición.
4. Las razones en que se apoya.
5. La relación de documentos que se acompañan.
6. La firma del peticionario, cuando fuere el caso.
Las escritas deberán contener, por lo menos:
1. La designación de la autoridad a la que se dirigen.
2. Los nombres y apellidos completos del solicitante y de su representante legal o apoderado, si es el caso, con indicación del documento de identidad y de la dirección.
3. El objeto de la petición.
4. Las razones en que se apoya.
5. La relación de documentos que se acompañan.
6. La firma del peticionario, cuando fuere el caso.
2 ARTICULO DE LA CONSTITUCIÒN: artículo 23 de la constitución nacional contempla:“Toda persona tiene derecho a presentar peticiones respetuosas a las autoridades por motivos de interés general o particular y a obtener pronta resolución. El legislador podrá reglamentar su ejercicio ante organizaciones privadas para garantizar los derechos fundamentales”.
3. PASOS PARA REGISTRARSE EN LA CAMARA DE COMERCIO
1. Escoja y reserve su nombre
El comerciante que quiera inscribir su Establecimiento de Comercio, debe tener en cuenta que no pueden existir dos Establecimientos de igual objeto social con el mismo nombre.
Por ello, vaya previamente a la Cámara de Comercio de la ciudad donde se domiciliará y consulte el nombre que le quiere poner al Establecimiento. Recomendación: no olvide tener plan b, plan c y hasta plan d, por si los varios nombres que tiene en mente ya están registrados.
Pero no olvide: “Primero en el tiempo, primero en el Derecho”. Esto quiere decir que si el comerciante consulta el día lunes un nombre que quiera utilizar, pero se inscribe el día miércoles, pero el martes previo otro comerciante se inscribió primero con ese mismo nombre, este último se le adelantó y le tocará buscarse otro nombre.
2. Seleccione el mejor tipo de Sociedad Comercial
Son varias y todas con diferentes requisitos y responsabilidades legales, por ello, previamente consulte con un Abogado Comercialista cual se ajusta al perfil y las necesidades comerciales.
Entre las sociedades comerciales existentes están las siguientes:
· Sociedades de Responsabilidad Limitada –Ltda.
· Sociedades Anónimas – S.A.
· Sociedades Colectivas.
· Sociedades en Comandita.
· Sociedades de Economía Mixta.
· Sociedades Extranjeras.
· Sociedades de Hecho.
· Empresas Unipersonales.
· Empresas Asociativas de Trabajo.
3. Elabore una minuta de Constitución firmada ante Notario
Previo a la inscripción en Cámara de Comercio, se debe elaborar una minuta donde todos los nuevos socios deberán expresar su consentimiento para la constitución de una nueva empresa.
Según el número de socios, no todos deben ir a firmarla ante Notario, basta que todos firmen la Minuta de Constitución y se presenten ante el Notario las personas que actuaron como Presidente y Secretario de dicha Asamblea de Constitución.
Si en la misma Asamblea constitutiva, se nombra Representante Legal y Revisor Fiscal y estos aceptan, deberán firmar también ante Notario, para posteriormente inscribir la Minuta Constitutiva ante la Cámara de Comercio.
4. No olvidar otros requisitos: Se deben registrar otros documentos como Actas Complementarias o Aclaratorias de la Asamblea Constitutiva, Libros Contables, etc.
5. No olvide los compromisos Fiscales que va a adquirir.
Es necesario pagarle al Estado por su actividad comercial. Estas son las siguientes obligaciones fiscales que se deben tener en cuenta:
· Impuesto sobre la Renta y Complementarios.
· Impuesto de Valor Agregado IVA.
· Retención en la Fuente.
· Impuesto de Industria y Comercio.
· Impuesto de Timbre.
6. Ojo con el compromiso con los trabajadores y el Estado Social.
Cuando el comerciante vincula a sus actividades, aunque sea un solo trabajador, afílielo a Seguridad Social (Salud, Pensión y ARP)
El empleador, también tiene la obligación social de aportar a Parafiscales (Sena, Icbf y Caja de Compensación).
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RUT: Registro Único Tributario: Toda persona natural o jurídica que deba cumplir obligaciones tributarias formales, debe previamente inscribirse en el registro único tributario (RUT)
NIT: La identificación tributaria es un código único, generalmente de carácter alfanumérico, utilizado con el fin de poder identificar inequívocamente a toda persona física o jurídica susceptible de tributar, asignado a éstas por los Estados, con el que confeccionan el registro o censo de las mismas, para efectos administrativo-tributarios
DIAN: Las siglas DIAN significa (Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales)
Entidad encargada de garantizar el cumplimiento de las obligaciones tributarias aduaneras y cambiarias en Colombia y, facilita las operaciones de comercio nacional e internacional.
Entidad encargada de garantizar el cumplimiento de las obligaciones tributarias aduaneras y cambiarias en Colombia y, facilita las operaciones de comercio nacional e internacional.
5. CAMARA DE COMERCIO: Promueven el comercio en sus propios pueblos o ciudades. Tratan de conseguir regulaciones municipales representadas para los comercios en sus regiones. Recolectan información y estadísticas que pueden ser de uso para los miembros.
ETESA: Empresa Territorial de la Salud - ETESA Empresa industrial y comercial del estado que tiene por objeto la explotación de juegos de azar novedosos (por ejemplo Baloto) y transferir recursos para la salud a las entidades territoriales.
RETENCION EN LA FUENTE: La retención en la fuente no es un impuesto, sino un mecanismo de cobro anticipado de un impuesto en el momento en que sucede el hecho generador.
CUANDO SE APLICA RETENCION EN LA FUENTE: La retención en la fuente es diferente para cada impuesto.
Existe la retención en la fuente por renta, la retención en la fuente por Iva o mas conocida como reteiva y la retención en la fuente por Ica, también conocida como reteica
A veces se suele aplicar de forma generalizada el concepto de retención en la fuente al impuesto de renta, lo cual es equivocado, puesto que, como ya se explicó, existe retención en la fuente para cada impuesto, y en el caso del impuesto de renta, el concepto adecuado es retención en la fuente por renta o reterenta.
Principales conceptos y tarifas de retención para el 2011
Concepto | Base Uvt | Base pesos | Tarifa |
Venta de Bienes Raíces | 0 | 100% | 1% |
Contratos de construcción y urbanización | 0 | 100% | 1% |
Compra de combustible | 0 | 100% | 0.10% |
Consultoría en obras públicas | 0 | 100% | 2% |
Intereses o rendimientos financieros | 0 | 100% | 7% |
Honorarios y comisiones * | 0 | 100% | 10%/11% |
Arrendamiento de bienes muebles | 0 | 100% | 4% |
Contratos de consultoría y administración delegada | 0 | 100% | 6% |
Compras | 27 | 679,000 | 3,5% |
Servicios en general ** | 4 | 101,000 | 4%/6% |
Por emolumentos eclesiásticos *** | 27 | 679,000 | 3,5%/4% |
Servicios de transporte de carga | 4 | 101,000 | 1% |
Servicios de transporte nacional de pasajeros | 27 | 679,000 | 3.50% |
Servicios temporales | 4 | 101,000 | 1% |
Servicios de aseo y vigilancia | 4 | 101,000 | 2% |
Arrendamiento de bienes raíces | 27 | 679,000 | 3.50% |
Loterías, Rifas, Apuestas y similares | 48 | 1,206,000 | 20% |
Servicios de hoteles y restaurantes | 4 | 101,000 | 3.50% |
Otros ingresos tributarios | 27 | 679,000 | 3.50% |
Compra de productos agrícolas sin procesamiento industrial | 92 | 2,312,000 | 1.50% |
Compra de productos agrícolas con procesamiento industrial retenedores | 27 | 679,000 | 3.50% |
Compra de café pergamino o cereza | 160 | 4,021,000 | 0.50% |
Retención en colocación independiente de juegos de suerte y azar | 5 | 126,000 | 3% |
IVA: Impuesto al valor agregado o añadido. Se le llama Impuesto al valor agregado porque efectivamente sólo se paga impuesto sobre el valor que se le agrega a un bien. El responsable de este impuesto sólo paga el impuesto equivalente al valor que le agrega a producto, no paga el impuesto sobre el valor de todo el producto.



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