miércoles, 16 de marzo de 2011

16 MARZO 2011
ESQUEMAS CONTABLES-VIRTUALES 

Consulto en internet las definiciones de:
1. DERECHO DE PETICION:
* Cuando y como se debe hacer un derecho de peticion 
* Cual es el articulo de la constitucion politica  nacional que nos habla del derecho de peticion
2. Cuales son los pasos que se debe tener en cuenta para registrar una empresa ante la camara de comercio
3. que significa 
   *RUT
   *NIT
   *DIAN 
4.Que fuincion cumple:
   *La camara de comercio
   *ETESA
   *Retencion en la Fuente
   *IVA
  Cuando se aplica una retencion en la fuente y de cuanto es el porcentaje
5. El señor Perez se gano  la suma de 6´945.000 el desea saber cuanto le descuentan en retencion de la fuente y hacia donde va dirigido este dinero
SOLUCION

1. DERECHO DE PETICION: Toda persona podrá hacer peticiones respetuosas a las autoridades, verbalmente o por escrito, a través de cualquier medio.
Las escritas deberán contener, por lo menos:
1. La designación de la autoridad a la que se dirigen.
2. Los nombres y apellidos completos del solicitante y de su representante legal o apoderado, si es el caso, con indicación del documento de identidad y de la dirección.
3. El objeto de la petición.
4. Las razones en que se apoya.
5. La relación de documentos que se acompañan.
6. La firma del peticionario, cuando fuere el caso.
Si quien presenta una petición verbal afirma no saber o no poder escribir y pide constancia de haberla presentado, el funcionario la expedirá en forma sucinta.
Las autoridades podrán exigir, en forma general, que ciertas peticiones se presenten por escrito. Para algunos de estos casos podrán elaborar formularios para que los diligencien los interesados, en todo lo que les sea aplicable, y añadan las informaciones o aclaraciones pertinentes.
A la petición escrita se podrá acompañar una copia que, autenticada por el uncionario respectivo, con anotación de la fecha de su presentación y del número y clase de los documentos anexos, tendrá el mismo valor legal del original y se devolverá al interesado. Esta autenticación no causará derecho alguno a cargo del peticionario
 
El derecho de petición es un derecho que la Constitución nacional en su artículo 23 ha concedido a los ciudadanos para que estos puedan presentar peticiones a las autoridades, para que se les suministre información sobre situaciones de interés general y/o particular.
Textualmente el artículo 23 de la constitución nacional contempla:
Toda persona tiene derecho a presentar peticiones respetuosas a las autoridades por motivos de interés general o particular y a obtener pronta resolución. El legislador podrá reglamentar su ejercicio ante organizaciones privadas para garantizar los derechos fundamentales”.
El artículo 5 del Código contencioso administrativo, viene a desarrollar este principio constitucional en los siguientes términos:
Peticiones escritas y verbales.
2. PASOS PARA CREAR UNA EMPRESA: 
PERSONA NATURAL
Conozca las responsabilidades que conlleva este tipo de matrícula:
Persona Natural Comerciante es aquella que ejerce dicha actividad de manera habitual y profesional a título personal.
Dicha persona asume a título personal todos los derechos y obligaciones de la actividad comercial que ejerce.
-- Haga clic sobre las opciones del menú inferior para orientarlo --
A través de esta guía usted podrá consultar uno a uno los pasos a seguir para matricularse como Persona Natural, lea detenidamente las consultas y el diligenciamiento a realizar.
Si tiene dudas sobre el proceso, comuníquese a nuestra Línea de Respuesta Inmediata 383-03-30 o acérquese a cualquiera de nuestras sedes y reciba atención personalizada en el Centro de Atención Empresarial (CAE).













Pasos para constituir su empresa como Persona Natural:
Paso 1
Asesoría
Paso 2
Consultas
Paso 3
Diligenciamiento
Paso 4
Diligenciamiento
Paso 5
Diligenciamiento
Paso 6
Formalización


3.
   *RUT
¿Qué es el Registro Único Tributario, RUT?
Es el mecanismo único para identificar, ubicar y clasificar a los sujetos de obligaciones administradas y controladas por la DIAN.
   *NIT
¿Qué es el NIT?
El NIT es el Número de Identificación Tributaria que asigna la DIAN por una sola vez cuando el obligado se inscribe en el RUT. La conformación del NIT es de competencia de la DIAN.
   *DIAN
Las siglas DIAN significa (Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales)
Entidad encargada de garantizar el cumplimiento de las obligaciones tributarias aduaneras y cambiarias en Colombia y, facilita las operaciones de comercio nacional e internacional.
3. CAMARA DE COMERCIO
Funciones de las Cámaras de Comercio.
siguientes funciones:
1. Servir de órgano de los intereses generales del comercio ante el Gobierno y ante los
comerciantes mismos;
2. Adelantar investigaciones económicas sobre aspectos o ramos específicos del comercio
interior y exterior y formular recomendaciones a los organismos estatales y semioficiales
encargados de la ejecución de los planes respectivos;
3. Llevar el registro mercantil y certificar sobre los actos y documentos en él inscritos, como
se prevé en este Código;
4. Dar noticia en sus boletines u órganos de publicidad de las inscripciones hechas en el
registro mercantil y de toda modificación, cancelación o alteración que se haga de dichas
inscripciones;
5. Recopilar las costumbres mercantiles de los lugares correspondientes a su jurisdicción y
certificar sobre la existencia de las recopiladas;
6. Designar el árbitro o los árbitros o los amigables componedores cuando los particulares se
lo soliciten;
7. Servir de tribunales de arbitramento para resolver las diferencias que les defieran los
contratantes, en cuyo caso el tribunal se integrará por todos los miembros de la junta;
Las cámaras de comercio ejercerán las
8. Prestar sus buenos oficios a los comerciantes para hacer arreglos entre acreedores y
deudores, como amigables componedores;
9. Organizar exposiciones y conferencias, editar o imprimir estudios o informes relacionados
con sus objetivos;
10. Dictar su reglamento interno que deberá ser aprobado por el Superintendente de Industria
y Comercio;
11. Rendir en el mes de enero de cada año un informe o memoria al Superintendente de
Industria y Comercio acerca de las labores realizadas en el año anterior y su concepto sobre
la situación económica de sus respectivas zonas, así como el detalle de sus ingresos y
egresos; y
12. Las demás que les atribuyan las leyes y el Gobierno Nacional

  *FUNCIONES DE ETESA
1. Liderar y gestionar los asuntos relacionados con las políticas administrativas y el
establecimiento de procedimientos y normas que han de seguirse para el buen
funcionamiento de la entidad.
2. Atender bajo la dirección del Presidente de la empresa y por conducto de las
distintas dependencias de la entidad, la prestación de los servicios y velar por la
ejecución de los programas adoptados.
3. Planear, coordinar y controlar la organización administrativa, de recursos
humanos y físicos y la correcta prestación de los servicios administrativos de la
empresa.
4. Manejar y coordinar las relaciones internas y externas de la empresa, al igual que
las relaciones públicas institucionales cuando estas le sean delegadas por el
Presidente de la empresa.
5. Diseñar e implementar las políticas de administración de personal, previendo los
controles a que haya lugar para el manejo de las diversas situaciones
administrativas.
6. Expedir las certificaciones que por razones de su competencia y en virtud de las
disposiciones legales corresponda a la empresa, así como las que requieran los
órganos judiciales.
7. Orientar el diseño y establecimiento de políticas en desarrollo tecnológico,
implantación y mantenimiento del sistema de información, de planeación y
evaluación de la empresa.
8. Proponer al Presidente de la empresa políticas orientadas a fortalecer la
capacidad administrativa y el desempeño institucional, de conformidad con las
normas legales vigentes.
9. Desarrollar y ejecutar la primera instancia del Control Interno Disciplinario de la
empresa.
10. Presentar los informes propios de su gestión y los que le sean solicitados por el
Presidente de la entidad o por los organismos externos.
11. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente

 

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