martes, 22 de marzo de 2011

Esquemas virtuales y contables.


22 de marzo de 2011

1.Derecho de petición, cuando y como se debe hacer un derecho de petición
Derecho de petición:
El derecho de petición es un derecho que la Constitución nacional en su artículo 23 ha concedido a los ciudadanos para que estos puedan presentar peticiones a las autoridades, para que se les suministre información sobre situaciones de interés general y/o particular.

2. Cual es el art. De la constitución política que habla del derecho de petición
Textualmente el artículo 23 de la constitución nacional contempla:
Toda persona tiene derecho a presentar peticiones respetuosas a las autoridades por motivos de interés general o particular y a obtener pronta resolución. El legislador podrá reglamentar su ejercicio ante organizaciones privadas para garantizar los derechos fundamentales”.
El artículo 5 del Código contencioso administrativo, viene a desarrollar este principio constitucional en los siguientes términos:


Peticiones escritas y verbales. Toda persona podrá hacer peticiones respetuosas a las autoridades, verbalmente o por escrito, a través de cualquier medio.
Las escritas deberán contener, por lo menos:
1. La designación de la autoridad a la que se dirigen.
2. Los nombres y apellidos completos del solicitante y de su representante legal o apoderado, si es el caso, con indicación del documento de identidad y de la dirección.
3. El objeto de la petición.
4. Las razones en que se apoya.
5. La relación de documentos que se acompañan.
6. La firma del peticionario, cuando fuere el caso.
Si quien presenta una petición verbal afirma no saber o no poder escribir y pide constancia de haberla presentado, el funcionario la expedirá en forma sucinta.
Las autoridades podrán exigir, en forma general, que ciertas peticiones se presenten por escrito. Para algunos de estos casos podrán elaborar formularios para que los diligencien los interesados, en todo lo que les sea aplicable, y añadan las informaciones o aclaraciones pertinentes.
A la petición escrita se podrá acompañar una copia que, autenticada por el uncionario respectivo, con anotación de la fecha de su presentación y del número y clase de los documentos anexos, tendrá el mismo valor legal del original y se devolverá al interesado. Esta autenticación no causará derecho alguno a cargo del peticionario
.
3. Cuáles son los pasos que se deben tener en cuenta para registrar una empresa ante la cámara de comercio

Muchos comerciantes que a esta fecha del año no se han inscrito en Cámara de Comercio esperan hasta enero para hacerlo, pues si lo hacen en diciembre, tendrían que pagar la Matrícula Mercantil por los días que restan del 2008 y el 1 de enero ya se está causando la obligación de la Renovación de Matrícula por el 2009.
Si se esta preparando para constituir y registrar una nueva empresa, tenga en cuenta los siguientes puntos:
1. Escoja y reserve su nombre
El comerciante que quiera inscribir su Establecimiento de Comercio, debe tener en cuenta que no pueden existir dos Establecimientos de igual objeto social con el mismo nombre.
Por ello, vaya previamente a la Cámara de Comercio de la ciudad donde se domiciliará y consulte el nombre que le quiere poner al Establecimiento. Recomendación: no olvide tener plan b, plan c y hasta plan d, por si los varios nombres que tiene en mente ya están registrados.
Pero no olvide: “Primero en el tiempo, primero en el Derecho”. Esto quiere decir que si el comerciante consulta el día lunes un nombre que quiera utilizar, pero se inscribe el día miércoles, pero el martes previo otro comerciante se inscribió primero con ese mismo nombre, este último se le adelantó y le tocará buscarse otro nombre.
2. Seleccione el mejor tipo de Sociedad Comercial
Son varias y todas con diferentes requisitos y responsabilidades legales, por ello, previamente consulte con un Abogado Comercialista cual se ajusta al perfil y las necesidades comerciales.
Entre las sociedades comerciales existentes están las siguientes:
·         Sociedades de Responsabilidad Limitada –Ltda.
·         Sociedades Anónimas – S.A.
·         Sociedades Colectivas.
·         Sociedades en Comandita.
·         Sociedades de Economía Mixta.
·         Sociedades Extranjeras.
·         Sociedades de Hecho.
·         Empresas Unipersonales.
·         Empresas Asociativas de Trabajo.
3. Elabore una minuta de Constitución firmada ante Notario
Previo a la inscripción en Cámara de Comercio, se debe elaborar una minuta donde todos los nuevos socios deberán expresar su consentimiento para la constitución de una nueva empresa.
Según el número de socios, no todos deben ir a firmarla ante Notario, basta que todos firmen la Minuta de Constitución y se presenten ante el Notario las personas que actuaron como Presidente y Secretario de dicha Asamblea de Constitución.
Si en la misma Asamblea constitutiva, se nombra Representante Legal y Revisor Fiscal y estos aceptan, deberán firmar también ante Notario, para posteriormente inscribir la Minuta Constitutiva ante la Cámara de Comercio.
4. No olvidar otros requisitos
Por interés personal y por salvaguardar los intereses de terceros, se deben registrar otros documentos como Actas Complementarias o Aclaratorias de la Asamblea Constitutiva, Libros Contables, etc.
5. No olvide los compromisos Fiscales que va a adquirir.
Muchos olvidan que no sólo se trata de producir y vender, sino también pagarle al Estado por su actividad comercial. Estas son las siguientes obligaciones fiscales que se deben tener en cuenta:
·         Impuesto sobre la Renta y Complementarios.
·         Impuesto de Valor Agregado IVA.
·         Retención en la Fuente.
·         Impuesto de Industria y Comercio.
·         Impuesto de Timbre.
6. Ojo con el compromiso con los trabajadores y el Estado Social.
Cuando el comerciante vincula a sus actividades, aunque sea un solo trabajador, afílielo a Seguridad Social (Salud, Pensión y ARP), evítese un dolor de cabeza que le puede costar cientos de millones de pesos.
Y nunca olvide que ser empleador, también tiene la obligación social de aportar a Parafiscales (Sena, Icbf y Caja de Compensación).
SIGNIFICADOS
1 ¿Qué es el Registro Único Tributario, RUT? 
Es el mecanismo único para identificar, ubicar y clasificar a los sujetos de obligaciones administradas y controladas por la DIAN. 
¿Para qué sirve el RUT? 
El RUT le permite a la DIAN contar con información veraz, actualizada, clasificada y confiable de todos los sujetos obligados a inscribirse en el mismo, para desarrollar una gestión efectiva en materia de recaudo, control y servicio que a su vez facilite el cumplimiento de las obligaciones tributarias, aduaneras y cambiarias así como la simplificación de trámites y reducción de costos. 
2. ¿Qué es el NIT? 
El NIT es el Número de Identificación Tributaria que asigna la DIAN por una sola vez cuando el obligado se inscribe en el RUT. La conformación del NIT es de competencia de la DIAN. 


3.¿Que es el DIAN?
Las siglas DIAN significa (dirección de impuestos y aduana nacionales) entidad encargada de garantizar el cumplimiento de las obligaciones tributarias aduaneras y cambiarias en Colombia  y, facilita las operaciones de comercio nacional e internacional.
  
Que función cumple:
La cámara de comercio
Una cámara de comercio es una forma de red de comercio. Los dueños de comercios y empresas de una región forman estas sociedades locales para proteger sus propios intereses. Los empresarios locales son miembros, y eligen un cuerpo ejecutivo para hacer funcionar la cámara. Son organismos extendidos por todo el mundo, usualmente regulados por ley.
Las cámaras de comercio tienen los siguientes propósitos:
§  Promueven el comercio en sus propios pueblos o ciudades.
§  Tratan de conseguir regulaciones municipales representadas para los comercios en sus regiones.
§  Recolectan información y estadísticas que pueden ser de uso para los miembros.

Etesa
1. Liderar y gestionar los asuntos relacionados con las políticas administrativas y el
establecimiento de procedimientos y normas que han de seguirse para el buen
funcionamiento de la entidad.
2. Atender bajo la dirección del Presidente de la empresa y por conducto de las
distintas dependencias de la entidad, la prestación de los servicios y velar por la
ejecución de los programas adoptados.
3. Planear, coordinar y controlar la organización administrativa, de recursos
humanos y físicos y la correcta prestación de los servicios administrativos de la
empresa.
4. Manejar y coordinar las relaciones internas y externas de la empresa, al igual que
las relaciones públicas institucionales cuando estas le sean delegadas por el
Presidente de la empresa.
5. Diseñar e implementar las políticas de administración de personal, previendo los
controles a que haya lugar para el manejo de las diversas situaciones
administrativas.
6. Expedir las certificaciones que por razones de su competencia y en virtud de las
disposiciones legales corresponda a la empresa, así como las que requieran los
órganos judiciales.
7. Orientar el diseño y establecimiento de políticas en desarrollo tecnológico,
implantación y mantenimiento del sistema de información, de planeación y
evaluación de la empresa.
8. Proponer al Presidente de la empresa políticas orientadas a fortalecer la
capacidad administrativa y el desempeño institucional, de conformidad con las
normas legales vigentes.
9. Desarrollar y ejecutar la primera instancia del Control Interno Disciplinario de la
empresa.
10. Presentar los informes propios de su gestión y los que le sean solicitados por el
Presidente de la entidad o por los organismos externos.
11. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente
Retención en la fuente
La retención en la fuente no es un impuesto, sino un mecanismo de cobro anticipado de un impuesto en el momento en que sucede el hecho generador.
Contrario el concepto popular, la retención en la fuente no es ningún impuesto, sino que es el simple cobro anticipado de un impuesto, que bien puede ser el impuesto de renta, a las ventas o de industria y comercio.
La retención en la fuente por ser un pago anticipado de un impuesto, ésta se puede descontar en la respectiva declaración, ya sea de Iva, de Renta o de Ica.
La retención en la fuente comprende elementos como el sujeto pasivo, que es la persona a la que se le debe retener, el agente de retención que es la persona obligada a practicar la retención, el concepto de retención que es el hecho económico que se realiza y está sometido a retención, la tarifa que es el porcentaje que se aplica a la base de retención, y la base de retención es el valor o monto sujeto a retención.
La retención en la fuente es diferente para cada impuesto.
Existe la retención en la fuente por renta, la retención en la fuente por Iva o mas conocida como reteiva y la retención en la fuente por Ica, también conocida como reteica
A veces se suele aplicar de forma generalizada el concepto de retención en la fuente al impuesto de renta, lo cual es equivocado, puesto que, como ya se explicó, existe retención en la fuente para cada impuesto, y en el caso del impuesto de renta, el concepto adecuado es retención en la fuente por renta o reterenta.
Principales conceptos y tarifas de retención para el 2011

Concepto
Base Uvt
Base pesos
Tarifa
Venta  de Bienes Raíces
0
100%
1%
Contratos de construcción  y urbanización
0
100%
1%
Compra  de combustible
0
100%
0.10%
Consultoría en obras públicas
0
100%
2%
Intereses o rendimientos financieros
0
100%
7%
Honorarios y comisiones *
0
100%
10%/11%
Arrendamiento de bienes muebles
0
100%
4%
Contratos de consultoría y administración delegada
0
100%
6%
Compras
27
679,000
3,5%
Servicios en general  **
4
101,000
4%/6%
Por emolumentos eclesiásticos ***
27
679,000
3,5%/4%
Servicios de transporte de carga
4
101,000
1%
Servicios de  transporte nacional de pasajeros
27
679,000
3.50%
Servicios  temporales
4
101,000
1%
Servicios de aseo y vigilancia
4
101,000
2%
Arrendamiento de bienes raíces
27
679,000
3.50%
Loterías, Rifas, Apuestas y similares
48
1,206,000
20%
Servicios de hoteles y restaurantes
4
101,000
3.50%
Otros ingresos tributarios
27
679,000
3.50%
Compra de productos  agrícolas  sin procesamiento industrial
92
2,312,000
1.50%
Compra de productos  agrícolas  con procesamiento industrial retenedores
27
679,000
3.50%
Compra de café pergamino o cereza
160
4,021,000
0.50%
Retención en colocación independiente de juegos de suerte y azar
5
126,000
3%


IVA
De una manera muy breve explicaremos que es el IVA, empezaremos diciendo que es un impuesto al consumo y su nombre completo es Impuesto al Valor Agregado y esto significa que justamente es un impuesto que se estará pagando por el valor que agreguemos a los productos o servicios que hayamos adquirido. Más adelante en este mismo artículo nos referiremos a detalle en este punto muy en particular. 
Como todo buen impuesto debe tener SujetoBase  y Tasa sin estos requisitos no estaríamos tratando con un impuesto propiamente dicho.
El sujeto de este impuesto es el siguiente: "Están obligados al pago del impuesto al valor agregado establecido en esta ley, las personas físicas y morales que en territorio nacional realicen los actos o actividades siguientes:" (Art. primero de esta Ley.)
  • La enajenación de bienes.
  • La prestación de servicios independientes.
  • El arrendamiento de bienes.
  • La importación de bienes y servicios.

El señor Pérez se gano la suma de 6´945.000  y desea saber cuánto le descuentan de retención en la fuente Y hacia dónde va dirigido este dinero.
$6.945.000 x 20%= 1.389.000
El valor descontado por el impuesto de retención en la fuente es de 1´389.000 y este dinero va dirigido a el estado.

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