Esquemas contables
22 de marzo del 2011
1- Defino Derecho petición
2- Cuándo y cómo se debe hacer un derecho de petición?
3- Cuál es el artículo de la constitución política que habla del derecho de petición?
4- Cuáles son los pasos que se deben tener en cuenta para registrar una empresa ante la cámara de comercio?
5- Qué significa: RUT NIT DIAN
6- Qué función cumple: La cámara de comercio, ETESA, Retención en la fuente, IVA
7- Cuándo se aplica una retención en la fuente y de cuánto es su porcentaje?
8- El Sr. Pérez se ganó la suma de $6.945.000, el desea saber cuánto le descuentan en retención de la fuente y hacia dónde va dirigido este dinero
1- El derecho de petición es un derecho que la Constitución nacional ha concedido a los ciudadanos para que estos puedan presentar peticiones a las autoridades, para que se les suministre información sobre situaciones de interés general y/o particular.
2- El derecho de petición
3- El artículo 23 de la constitución política es el que habla del derecho de petición.
4- Pasos para crear una empresa:
1. Escoja y reserve su nombre
2.Seleccione el mejor tipo de Sociedad Comercial
3.Elabore una minuta de Constitución firmada ante Notario.
4. Registrar otros documentos como Actas Complementarias o Aclaratorias de la Asamblea Constitutiva, Libros Contables, etc.
5.compromisos Fiscales que va a adquirir
6. compromiso con los trabajadores y el Estado Social.
2.Seleccione el mejor tipo de Sociedad Comercial
3.Elabore una minuta de Constitución firmada ante Notario.
4. Registrar otros documentos como Actas Complementarias o Aclaratorias de la Asamblea Constitutiva, Libros Contables, etc.
5.compromisos Fiscales que va a adquirir
6. compromiso con los trabajadores y el Estado Social.
5-
¿Qué es el Registro Único Tributario, RUT?
Es el mecanismo único para identificar, ubicar y clasificar a los sujetos de obligaciones administradas y controladas por la DIAN.
Es el mecanismo único para identificar, ubicar y clasificar a los sujetos de obligaciones administradas y controladas por la DIAN.
¿Qué es el NIT?
El NIT es el Número de Identificación Tributaria que asigna la DIAN por una sola vez cuando el obligado se inscribe en el RUT. La conformación del NIT es de competencia de la DIAN.
El NIT es el Número de Identificación Tributaria que asigna la DIAN por una sola vez cuando el obligado se inscribe en el RUT. La conformación del NIT es de competencia de la DIAN.
¿Qué significa DIAN? Las siglas DIAN significa (Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales)
Entidad encargada de garantizar el cumplimiento de las obligaciones tributarias aduaneras y cambiarias en Colombia y, facilita las operaciones de comercio nacional e internacional.
Entidad encargada de garantizar el cumplimiento de las obligaciones tributarias aduaneras y cambiarias en Colombia y, facilita las operaciones de comercio nacional e internacional.
6-
- Funciones de la cámara de comercio
Como personas jurídicas de derecho privado cumplen por delegación legal algunas funciones públicas como es el caso de los registros públicos: mercantil, proponentes y entidades sin ánimo de lucro, carácter privado que no pierden por el hecho de que hayan recibido el encargo de cumplirlas. Estas funciones son expresamente señaladas en la Ley y han de cumplirse en la forma taxativa señalada en los ordenamientos que las consagran y las regulan, en consecuencia sus funciones regladas y las Cámaras solo actúan conforme a dichas reglas. Pero desarrollan también funciones privadas, cuyo cumplimiento y desarrollo no está sometido a pautas o reglas determinadas en el mismo ordenamiento legal que las establece.
1. Servir de órgano de los intereses generales del comercio ante el gobierno y los comerciantes mismos; 2. Adelantar investigaciones económicas sobre aspectos o ramos específicos del comercio interior y exterior y formular recomendaciones a los organismos estatales y semioficiales encargados de la ejecución de los planes respectivos; 3. Llevar el registro mercantil y certificar sobre los actos y documentos en él inscritos, como se prevé en este código; 4. Dar noticia en sus boletines u órganos de publicidad de las inscripciones hechas en el registro mercantil y de toda modificación, cancelación o alteración que se haga de dichas inscripciones; 5. Recopilar las costumbres mercantiles de los lugares correspondientes a su jurisdicción y certificar sobre la existencia de las recopiladas; 6. Designar el árbitro o los árbitros o los amigables componedores cuando los particulares se lo soliciten; 7. Servir de tribunales de arbitramento para resolver las diferencias que les defieran los contratantes, en cuyo caso el tribunal se integrará por todos los miembros de la junta; 8. Prestar sus buenos oficios a los comerciantes para hacer arreglos entre acreedores y deudores, como amigables componedores; 9. Organizar exposiciones y conferencias, editar o imprimir estudios o informes relacionados con sus objetivos; 10. Dictar su reglamento interno que deberá ser aprobado por el Superintendente de Industria y Comercio 11. Rendir en el mes de enero de cada año un informe o memoria al Superintendente de Industria y Comercio acerca de las labores realizadas en el año anterior y su concepto sobre la situación económica de sus respectivas zonas, así como el detalle de sus ingresos y egresos, y 12. Las demás que les atribuyan las leyes y el Gobierno Nacional.
- Funciones de ETESA 1. Liderar y gestionar los asuntos relacionados con las políticas administrativas y el establecimiento de procedimientos y normas que han de seguirse para el buen funcionamiento de la entidad. 2. Atender bajo la dirección del Presidente de la empresa y por conducto de las distintas dependencias de la entidad, la prestación de los servicios y velar por la ejecución de los programas adoptados. 3. Planear, coordinar y controlar la organización administrativa, de recursos humanos y físicos y la correcta prestación de los servicios administrativos de la empresa. 4. Manejar y coordinar las relaciones internas y externas de la empresa, al igual que las relaciones públicas institucionales cuando estas le sean delegadas por el Presidente de la empresa. 5. Diseñar e implementar las políticas de administración de personal, previendo los controles a que haya lugar para el manejo de las diversas situaciones administrativas. 6. Expedir las certificaciones que por razones de su competencia y en virtud de las disposiciones legales corresponda a la empresa, así como las que requieran los órganos judiciales. 7. Orientar el diseño y establecimiento de políticas en desarrollo tecnológico, implantación y mantenimiento del sistema de información, de planeación y evaluación de la empresa. 8. Proponer al Presidente de la empresa políticas orientadas a fortalecer la capacidad administrativa y el desempeño institucional, de conformidad con las normas legales vigentes. 9. Desarrollar y ejecutar la primera instancia del Control Interno Disciplinario de la empresa. 10. Presentar los informes propios de su gestión y los que le sean solicitados por el Presidente de la entidad o por los organismos externos. 11. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente
-Retención en la fuente
La retención en la fuente no es ningún impuesto, sino que es el simple cobro anticipado de un impuesto, que bien puede ser el impuesto de renta, a las ventas o de industria y comercio. La retención en la fuente por ser un pago anticipado de un impuesto, ésta se puede descontar en la respectiva declaración, ya sea de IVA, de Renta o de Ica.
7- La retención en la fuente se aplica cuando se haga el pago o se cause, sin importar si la compra ha sido realizada de contado o a crédito. La norma general sobre retención en la fuente, contempla que la retención se debe practicar en el momento en que se haga el pago o el abono en cuenta, lo que ocurra primero. En las empresas, que deben llevar contabilidad por el sistema de causación, siempre ocurrirá primero la causación o el abono en cuenta y luego el pago, por tanto, siempre la retención se aplicará en el momento de hacer la causación o el abono en cuenta.
En el caso de las personas naturales que sean agentes de retención, teniendo en cuenta que para que una persona natural sea agente de retención, esta debe tener la calidad de comerciante [artículo 368-2 del estatuto tributario], por lo tanto como comerciante debe llevar contabilidad, y esta también debe llevarse por el sistema de causación, por lo tanto, la retención en la fuente también deberá practicarse el momento de la causación o el abono en cuenta.
En el caso de las personas naturales que sean agentes de retención, teniendo en cuenta que para que una persona natural sea agente de retención, esta debe tener la calidad de comerciante [artículo 368-2 del estatuto tributario], por lo tanto como comerciante debe llevar contabilidad, y esta también debe llevarse por el sistema de causación, por lo tanto, la retención en la fuente también deberá practicarse el momento de la causación o el abono en cuenta.
Su porcentaje es del 3.5 %
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